Autorización de despacho

¿Qué es una autorización de despacho?

La autorización de despacho es un documento por medio del cual un importador o exportador autoriza a cualquier representante aduanero a presentar en su nombre una o varias declaraciones de aduanas.

Esto permite que se pueda representar al negocio en inspecciones de aduana, solicitudes de ingresos indebidos, procedimientos de disconformidad en la clasificación de aranceles, en procedimientos sancionadores y otros casos relacionados con las aduanas. Puede servir para una ocasión o ser autorización global.

Hay que tener en cuenta las novedades del 2015 en materia de autorización de despachos aduaneros si se tiene una empresa que incluya la importación y exportación en su actividad. Si no es así, las mercancías pueden verse retenidas.

¿Cómo formalizar la autorización de despacho?

Hay cuatro formas de formalizar la autorización del representante aduanero según la AEAT:

  • Comparecencia en persona del representante de aduanas, con la documentación firmada por el empresario.
  • Comparecencia en persona del empresario, para formalizar la autorización y que se compruebe que la documentación es correcta.
  • Con poder notarial o con firma legitimada. Presentando los documentos con un poder notarial o formulario que ha firmado el empresario y legitimado un notario
  • A través de internet, con los procedimientos legales de firma electrónica. Se requiere certificado digital para ello

Llevar a cabo la autorización del despacho de aduanas tiene gran complejidad a nivel burocrático. Por ello, es mucho mejor dejar estos trámites en manos de expertos que se encarguen de hacer más rápidas y eficaces las gestiones de aduanas de los negocios.
La presentación de cualquier declaración de aduanas con autorización supone su aceptación, incluso la aceptación de recepción de requerimientos y comunicaciones. Para ello, el funcionario debe comprobar el contenido con el objetivo de dar de alta la autorización.
En autorizaciones por comparecencia , se ha de comprobar la identidad del compareciente y contenido del formulario. Si hay defectos, se comunicará para que se subsanen en un plazo de diez días.
En autorizaciones por comparecencia, se ha de comprobar la identidad del compareciente y contenido del formulario. Si hay defectos, se comunicará para que se subsanen en un plazo de diez días.

¿Cómo se calcula el peso tasable en los envíos terrestres?

Para calcular el peso volumétrico en un envío terrestre, lo primero que hay que tener en cuenta es si la mercancía es remontable o no, porque el cálculo variará en función de ello. Que una mercancía sea remontable significa que se le puede cargar otro bulto encima.
Esto conlleva varias características: el embalaje protege muy bien la mercancía, resiste el peso y su parte superior es plana y uniforme. Como normal general, se considera que una mercancía es no remontable si tiene una altura superior a 120 cm.
Si la mercancía es remontable, su peso volumétrico se calcula con la siguiente fórmula: Peso volumétrico (kg) = Volumen (m3) x Factor de conversión (m3/kg) Los estándares de mercado dictan el factor de conversión en:

  • Transporte internacional: 333 kg/m3.
  • Transporte en la Península Ibérica: 250 – 270 kg/m3
  • Transporte para las Islas Canarias o Islas Baleares: 333 kg/m3

Si la mercancía es no remontable, la tasa se calcula sin tener en cuenta la altura de la mercancía, como si ocupara toda la altura del camión. Para calcular el peso volumétrico se utilizan los metros lineales (LDM): la base de la mercancía dividida entre el ancho del camión. Lo habitual es que el ancho del camión sean 240 cm. La fórmula sería la siguiente: Peso volumétrico (kg) = LDM x Factor de conversión (LDM/kg)

Es decir:

Peso volumétrico (kg) = Largo (m) x Ancho (m) x Factor de conversión (LDM/kg)

Los estándares de mercado dictan el factor de conversión en envíos no remontables en:
  • Transporte internacional: 1800 kg/LDM.
  • Transporte en la Península Ibérica: 1750 kg/LDM.
  • Transporte para las Islas Canarias o Islas Baleares: 1750 kg/LDM.

Ejemplo de cálculo para un envío terrestre
Se quiere hacer el envío terrestre de un palé europeo remontable que tiene una altura de 100 cm y un peso de 500 kg. El envío se va a realizar a otro país dentro de Europa. Lo primero es calcular el peso volumétrico con la fórmula de antes:

Peso volumétrico (kg) = Volumen (m3) x Factor de conversión (m3/kg) = 1,2 x 0,8 x 1 x 333 = 319,68 kg

El peso real del envío es de 500 kg, mayor que el peso volumétrico (319,68 kg). El peso tasable será de 500 kg, el peso real, por ser el mayor de los dos.

¿Cómo se calcula el peso tasable en los envíos aéreos?

Para los envíos aéreos se utiliza la misma fórmula de cálculo de envío volumétrico que para los envíos terrestres remontables, es decir:
Peso volumétrico (kg) = Volumen (m3) x Factor de conversión (m3/kg)
En este caso, el factor de conversión varía: es de 176 kg/m3.
Ejemplo de cálculo para un envío aéreo

Queremos enviar un palé uropeo desde España a Canadá. Su altura es de 120 cm y pesa 150 kg. El peso volumétrico lo calculamos con la fórmula que acabamos de mencionar:
Peso volumétrico (kg) = Volumen (m3) x Factor de conversión (m3/kg) = 1,2 x 0,8 x 1,2 x 167 = 192,38 kg

En este caso, el peso volumétrico (192,38 kg) es mayor que el peso real del envío (150 kg). En este envío el peso tasable se corresponde con el peso volumétrico.

¿Cómo se calcula el peso tasable en los envíos marítimos?

En el caso de los envíos marítimos, este cálculo es mucho más sencillo. Como el factor de conversión es de 1 tonelada por metro cúbico, lo único que hay que hacer es comparar el volumen de las mercancías con el peso real en toneladas. El más elevado de los dos es directamente el peso tasable del envío.

Ejemplo de cálculo para un envío marítimo

Queremos enviar un palé europeo desde España a México en barco. Su altura es de 170 cm y pesa 600 kg. Lo primero que hay que hacer es calcular el volumen del envío:

Volumen (m3) = Largo (m) x Ancho (m) x Alto (m) = 1,2 x 0,8 x 1,7 = 1,63 m3

Cuando ya se tiene el volumen, se compara con el peso real en toneladas:

  • Volumen: 1,63 m3.
  • Peso: 0,6 toneladas
En este ejemplo, el volumen es mayor que el peso, por lo que el envío se tasará por el volumen.

Con la información explicada sobre cómo se obtiene el peso volumétrico de los envíos, será más fácil evitar sorpresas y calcular cuánto costará enviar la mercancía sin importar a dónde vaya.